El 5 de abril de 2013 el Ministerio de Industria publicó el R.D· 235/2013 que «obliga a que todas aquellas viviendas o locales que se vendan o alquilen a partir de junio de 2013, cuenten con un certificado de eficiencia energética».

El consumo de los edificios depende principalmente de cinco factores:
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La disposición y orientación del edificio.
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La calidad y espesor del aislamiento.
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La Instalación eléctrica.
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El sistema de climatización y producción de agua caliente.
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Sistema de ventilación.
Conociendo el consumo, podemos valorar y comparar unas viviendas con otras, de esta forma, se favorecerán las promociones de edificios de alta eficiencia energética y las inversiones en ahorro de energía.
Esto significa que con la entrada en vigor de esta nueva normativa en España, todos los propietarios que deseen vender o alquilar su vivienda o local deberán tener disponible para el comprador o inquilino un Certificado de eficiencia energética.
De esta forma, todas las viviendas y locales tendrán una etiqueta similar a las que ya podemos ver en los electrodomésticos, y que indica la eficiencia en cuanto al consumo de energía.
“El propietario de la vivienda, edificio o local será el responsable de obtener y abonar el coste de este certificado para poder alquilar o vender su casa.”
Además del certificado y en cumplimiento de este Real Decreto, se deberá entregar al propietario una serie de recomendaciones para mejorar la eficiencia energética de la vivienda.
A los propietarios de las viviendas con calificación original B ó C se les darán recomendaciones para aumentar un nivel en la escala energética y a los propietarios de viviendas con calificación original D, E, F ó G se les darán recomendaciones para aumentar dos niveles en la escala de eficiencia energética.

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